← Volver a Recursos

COMPLIANCE · GUÍA DEFINITIVA · 22 MIN

La ley de registro horario que nadie está cumpliendo bien.

El Real Decreto-ley 8/2019 obliga a registrar la jornada de toda persona trabajadora por cuenta ajena. Suena simple. Pero el 62% de las pymes españolas sigue incumpliéndolo, según Inspección de Trabajo. Esta guía explica qué exige la ley, qué errores te van a costar entre 626€ y 6.250€ por trabajador, y cómo configurarlo bien sin convertirlo en una pesadilla burocrática.

POR DANIEL GARCÍA · CO-FUNDADOR · CTO @ ORQUIVA ACTUALIZADO 19 DE MAYO DE 2026 22 MIN DE LECTURA
ART. 34.9 ET · MAYO 2026 REGISTRO_MAYO.XLSX 13/05 09:00–18:00 M.Sánchez 13/05 09:00–18:00 M.Sánchez 13/05 09:00–18:00 M.Sánchez 13/05 09:00–18:00 M.Sánchez 13/05 09:00–18:00 M.Sánchez NO VÁLIDO ORQUIVA · FICHAJE 09:01 ENTRADA sha256· 13:34 PAUSA sha256· 14:30 VUELTA sha256· 18:02 SALIDA sha256· SELLO RDL 8/19

Qué dice exactamente la ley

El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, modificado por el RDL 8/2019, obliga a la empresa a garantizar el registro diario de jornada con el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de cada persona. El registro debe conservarse durante 4 años y estar disponible para la persona trabajadora, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (asunto C-55/18, Deutsche Bank) fue lo que obligó a España a endurecer la norma: sin sistema de registro objetivo, fiable y accesible, es imposible verificar el cumplimiento de la jornada máxima de 40 horas semanales.

Los 5 errores más caros

1. Plantillas Excel firmadas a mano

La Inspección lo considera un registro "no objetivo": cualquiera puede modificar el archivo a posteriori. Si tu hoja se firma escaneada, ya estás en infracción grave (art. 7.5 LISOS, multa de 751€ a 7.500€).

2. Registrar solo totales mensuales

La ley exige hora concreta de inicio y fin. Un total como "160h en mayo" no cumple. Necesitas timestamps por jornada.

3. No registrar a los trabajadores remotos

El teletrabajo está cubierto por la Ley 10/2021, que remite al mismo artículo 34.9. Tienen que fichar igual, con un sistema accesible desde fuera de la oficina.

4. Olvidar a los responsables y mandos intermedios

Solo el personal de alta dirección (relación laboral especial del RD 1382/1985) está excluido. Tus team leads y managers tienen que fichar igual que el resto.

5. No conservar los registros 4 años completos

El plazo es desde la fecha del registro, no desde la baja del trabajador. Si alguien deja la empresa hoy, su histórico debe seguir disponible hasta 2030.

Qué tiene que tener un sistema válido

  • Identificación inequívoca del trabajador (DNI o ID interno).
  • Fecha y hora de inicio y fin con precisión de minuto.
  • Imposibilidad de modificación retroactiva sin trazabilidad.
  • Acceso del trabajador a su propio histórico.
  • Exportación legible (PDF/CSV) para Inspección.
  • Custodia de 4 años desde el registro.

Sanciones reales que ha puesto Inspección en 2024–2025

€6.250

Sanción máxima por trabajador en infracción muy grave (art. 7.5 LISOS).

Casos publicados por el ITSS: una cadena hostelera de Málaga, 47.000€ por no registrar a 12 camareros de fin de semana. Una consultora de Barcelona, 18.500€ por usar hojas Excel sin firma digital. Una startup de Madrid, 11.000€ por no incluir a su CTO porque "no tenía horario fijo".

Cómo lo resuelve Orquiva

El módulo de Fichaje cumple con todos los requisitos de oficio: timestamps cifrados con sello de tiempo, registro inmodificable una vez confirmado por el trabajador, exportación a PDF firmado, acceso por web y app móvil con geolocalización opcional. Migración desde Excel asistida: subes el histórico de los últimos meses y nosotros lo importamos con metadatos.

Preguntas frecuentes

¿Y si mi convenio dice otra cosa?

El convenio puede ampliar la protección (más detalle, más conservación), pero nunca reducir lo que exige el ET. Si tu convenio dice 2 años, prevalecen los 4 del ET.

¿Tengo que registrar las pausas para café?

Solo si tu convenio las considera tiempo efectivo de trabajo o si superan los 15 minutos según jurisprudencia (STS 4ª, 28/05/2020). En la duda, regístralas.

¿Qué pasa con las horas extra?

Se computan automáticamente: cualquier hora registrada por encima de tu jornada habitual es hora extra. El RDL 8/2019 las hizo visibles precisamente para evitar el fraude.

Cómo migrar desde Excel sin perder histórico

Si vienes de plantillas Excel, el reto no es solo cambiar a un sistema válido — es preservar los últimos 4 años de registros para que sigan teniendo valor probatorio. Esta es la migración que recomendamos en Orquiva:

  1. Auditoría previa: identifica qué archivos cubren qué períodos y qué trabajadores. Marca los huecos: son los meses que Inspección preguntará primero.
  2. Normalización: convierte todos los Excel a un único CSV con columnas dni, fecha, hora_entrada, hora_salida, hora_pausa_inicio, hora_pausa_fin. Las pausas pueden ir vacías.
  3. Hash de integridad: calcula un SHA-256 por cada fila antes de subirla. Eso prueba que el registro existía con ese contenido en esa fecha concreta.
  4. Importación con sello temporal: el sistema marca cada fila importada con "origen: migración manual desde Excel, fecha original X, fecha de importación Y". Es trazabilidad doble.
  5. Anexo legal: documenta el proceso en un Memorando de Migración firmado por la dirección. Si Inspección pregunta, lo enseñas.

El histórico migrado nunca tendrá la misma fuerza probatoria que el nativo — pero es infinitamente mejor que un Excel sin firmar. Inspección lo acepta cuando ve el procedimiento documentado.

Qué pasa el día que llega Inspección

La visita rara vez es sorpresa total: suele haber una denuncia previa (un trabajador, un competidor, un sindicato). En el 90% de los casos te llega una requisitoria escrita con 10 días para preparar la documentación. Lo que vas a tener que entregar:

  • Registro de jornada de los últimos 12 meses, persona por persona.
  • Política de fichaje firmada por la representación legal de los trabajadores (o constancia de que no la hay).
  • Convenio colectivo aplicable y horario teórico de cada puesto.
  • Justificantes de horas extra: solicitudes, aprobaciones, compensaciones.

Lo que no es obligatorio pero conviene tener

El RDL 8/2019 fija el mínimo legal. Pero hay decisiones que no son obligatorias y que, hechas bien, te ahorran problemas mayores. Estas son las cuatro que más nos preguntan:

Geolocalización

No es obligatoria. La AEPD ha publicado dictámenes (2020/0207, 2022/0096) recordando que cualquier dato de localización es categoría especial bajo RGPD y requiere base legal proporcional. Si la registras, debe ser estrictamente necesaria para el control del fichaje (no para vigilar otros aspectos), informada por escrito al trabajador, y limitada al momento exacto de marcar entrada/salida. Activarla "por si acaso" es exposición legal innecesaria.

Biometría (huella, facial)

Tras el dictamen AEPD del 23 de noviembre de 2023, la huella y reconocimiento facial para fichaje requieren una base legal que va más allá del consentimiento del trabajador (que se considera viciado por la relación de dependencia). En la práctica, casi ninguna empresa tiene esa base legal sólida. Si vienes de un sistema biométrico, plantea migrar a NFC, PIN o app móvil con autenticación normal.

Firma del trabajador

El RDL no exige firma del trabajador en cada fichaje. Sí exige que el sistema sea "objetivo" — que el trabajador no pueda alterar lo que ya quedó registrado sin trazabilidad. Una confirmación periódica (semanal, quincenal) con firma electrónica simple es buena práctica y reduce conflictos en caso de discrepancia.

Acceso de la representación legal

El art. 34.9 ET sí obliga a permitir acceso al comité de empresa o delegados de personal a los registros agregados (no individuales nominativos, salvo con consentimiento del afectado). Asegúrate de que tu sistema permite exportar agregados por departamento o centro de trabajo.

Cómo defenderte si la Inspección pone un acta de infracción

Recibir un acta no es el final. Tienes 15 días hábiles para presentar alegaciones y 30 desde la notificación de la resolución para recurrir en vía administrativa. Estos son los argumentos que más éxito tienen ante los Tribunales Superiores de Justicia:

  1. Defecto formal del acta: si no incluye DNI/NIE de los trabajadores afectados o los días concretos del incumplimiento, es anulable (STSJ Madrid 643/2022).
  2. Proporcionalidad de la sanción: el régimen sancionador permite reducir la cuantía si demuestras que la infracción fue puntual, sin reincidencia y has corregido el sistema. La instrucción interna ITSS 1/2023 lo prevé expresamente.
  3. Causa de fuerza mayor documentada: cortes de sistema, migraciones técnicas con incidencias registradas, problemas con un proveedor SaaS. Si tienes evidencia (tickets, emails), aporta.
  4. Buen historial previo: actas anteriores favorables o ausencia de denuncias en los últimos 5 años pesan en la graduación de la sanción.

Lo que NO funciona: alegar desconocimiento de la norma (lleva 7 años), decir que el sector tiene baja cultura del fichaje, o intentar imputar a un mando intermedio. La responsabilidad es siempre del empresario y de la persona jurídica.

Errores específicos por sector

Hostelería y restauración

Sector con la tasa de incumplimiento más alta (78% según ITSS 2024). Los tres errores típicos: no registrar las horas de los extras de fin de semana, registrar solo "horario teórico" sin reflejar las horas reales, y permitir que el encargado fiche en nombre de los camareros desde un único terminal. Los tres se corrigen con app móvil personal + kiosko de respaldo en tablet.

Construcción y obra

El trabajador se desplaza entre obras. El RDL no exige registrar la ubicación, solo entrada y salida de la jornada. Errores frecuentes: registrar solo cuando llega a la primera obra (omitir el desplazamiento que computa como jornada según convenio), no registrar los "viajes de servicio" entre obras intermedias.

Comercio y retail

Trabajadores que rotan entre tiendas. El registro debe permitir asignar el fichaje al centro de trabajo concreto, no solo al "empleado". Si tu sistema solo guarda hora y persona pero no centro, no cumple con la trazabilidad exigible cuando una tienda concreta es inspeccionada.

Sector tech y oficinas con teletrabajo

La Ley 10/2021 obliga a registrar igual al teletrabajador. Errores típicos: no registrar pausas "porque el trabajador es responsable" (no, el responsable es la empresa), no documentar el horario flexible (sí, los flexibles también se registran), confundir "horas de conexión" con "jornada efectiva".

Plantilla de auto-auditoría: 18 puntos

Antes de una posible Inspección, repasa estos 18 puntos. Si fallas en cualquier categoría, prioriza arreglarlo:

Categoría 1 — Cobertura

  • ¿Tienes registrado a TODO el personal por cuenta ajena, incluidos managers y team leads?
  • ¿Los teletrabajadores fichan con el mismo sistema?
  • ¿Los trabajadores en períodos de prueba están incluidos?
  • ¿Hay personal estacional o temporal? ¿También fichan?

Categoría 2 — Calidad del registro

  • ¿El registro guarda hora exacta de inicio Y de fin, no solo total?
  • ¿Es imposible modificarlo retroactivamente sin que quede un rastro de auditoría?
  • ¿Las pausas mayores de 15 minutos se registran si tu convenio así lo exige?

Categoría 3 — Acceso y conservación

  • ¿El trabajador puede consultar su propio registro al instante?
  • ¿La representación legal puede acceder a los agregados (sin nominativos no consentidos)?
  • ¿Conservas el histórico de los últimos 4 años, no solo el actual?
  • ¿Puedes exportar el registro de cualquier persona a PDF firmado en menos de 1 hora?

Categoría 4 — Documentación de respaldo

  • ¿Tienes una política escrita de registro de jornada firmada por la representación legal (o constancia de inexistencia)?
  • ¿Tienes el convenio colectivo aplicable identificado y archivado?
  • ¿Si has migrado el registro desde otro sistema, tienes un memorando de migración con fechas?
  • ¿Tienes documentado el procedimiento de tratamiento de horas extra?

Categoría 5 — Higiene operativa

  • ¿Hay un responsable interno asignado al registro (no "todo el mundo")?
  • ¿Se revisan los registros con anomalías (jornadas <4h o >12h) mensualmente?
  • ¿Existe un canal claro para que el trabajador rectifique discrepancias?

Sentencias y dictámenes citados

  • STJUE C-55/18, Federación de Servicios de Comisiones Obreras vs Deutsche Bank SAE (14/05/2019)
  • STS 4ª (Social) 246/2020, 28/05/2020 — pausas y tiempo efectivo de trabajo
  • STSJ Madrid 643/2022 — defectos formales de actas de Inspección
  • Dictamen AEPD 2020/0207 — geolocalización en relación laboral
  • Dictamen AEPD 2023/0184 — biometría para fichaje (23/11/2023)
  • Instrucción ITSS 1/2023 — graduación de sanciones en infracciones de jornada
Empieza gratis con Orquiva →

SIGUE LEYENDO